Sentencia N° 747 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de abril de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 747, Exp. 00-3210, 08/04/2002
Expediente00-3210
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2002-04-08
DecisiónExtinguida la instancia
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara extinguida la instancia en el recurso de interpretación constitucional interpuesto por Hermann Escarrá Malavé, debido a la inacción del recurrente durante más de un año. Se destaca que la falta de actividad procesal justifica la aplicación del artículo 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, que establece la extinción de la instancia en casos paralizados por más de un año.
Extracto de la motiva
Después del análisis de las actas procesales, esta Sala observa que, en la presente causa, desde el 9 de enero de 2001, oportunidad cuando el recurrente presentó un escrito de ampliación de su recurso, no consta en autos que se haya realizado alguna otra actuación procesal; y que transcurrió más de un (1) año sin la realización de acto alguno de procedimiento, lo cual evidencia una absoluta ausencia de actividad procesal durante el período señalado. Ahora bien, el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia dispone lo siguiente: “Artículo 86. Salvo lo previsto en disposiciones especiales, la instancia se extingue de pleno derecho en las causas que hayan estado paralizadas por más de un año. Dicho término empezará a contarse a partir de la fecha en que se haya efectuado el último acto del procedimiento. Transcurrido el lapso aquí señalado, la Corte, sin más trámites, declarará consumada la perención de oficio o a instancia de parte. Lo previsto en este artículo no es aplicable en los procedimientos penales.” De acuerdo con lo expuesto, es evidente que el período de inacción del actor en la presente causa excedió el lapso de un año que prestableció la norma que fue transcrita, por lo que resulta forzoso para esta Sala Constitucional la declaración de que se consumó la perención de la instancia.
Dispositiva
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso de interpretación constitucional que interpuso el ciudadano HERMANN ESCARRÁ MALAVÉ. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.
Palabras clave
interpretacion constitucionalextincion de instanciainaccion procesalperencionley organica de la corte suprema de justiciaderecho constitucionalrecurso constitucional