Sentencia N° 744 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de junio de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0744, Exp. 14-0257, 09/06/2023
Expediente14-0257
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2023-06-09
DecisiónEXTINCIÓN DE LA INSTANCIA
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una demanda de protección de derechos colectivos y difusos interpuesta contra el Alcalde del Municipio Libertador del Estado Mérida. Los demandantes alegaron incumplimiento de competencias por parte del Alcalde, lo que generó afectaciones a derechos fundamentales como el libre tránsito y la seguridad ciudadana. La Sala, tras evaluar la situación, declaró su competencia para conocer la demanda, pero posteriormente determinó la extinción de la instancia por pérdida de interés procesal debido a la inactividad de los demandantes durante un prolongado período.
Extracto de la motiva
Aunado a lo anterior esta Sala observa la relevancia constitucional que tienen los derechos constitucionales que resultaron vulnerados por parte de la presunta inactividad del alcalde, tales como los derechos a la salud, medio ambiente, educación y tránsito, entre otros, por lo que el asunto de autos posee la característica a la que se refieren los citados dispositivos contenidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia que atribuyen competencia a esta Sala, ya que si bien según alegaron los demandantes se circunscriben al espacio geográfico de dicho Municipio, los mismos tienen trascendencia nacional, ya que generó la afectación directa del libre desenvolvimiento de la persona, las familias, y el normal funcionamiento del municipio como parte del Estado; por tanto, requieren de tutela especial por parte de la Sala Constitucional dado los bienes jurídicos a proteger. Por tales razones, esta Sala acepta la declinatoria de competencia y se declara competente para conocer y decidir la presente demanda de protección de intereses colectivos ejercida (Vid. Sentencia N° 6, del 15 febrero de 2011, caso: “Promotora Parque La Vega, C.A.”). Así se declara.
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer y decidir de la demanda de protección de derechos colectivos y difusos incoada por los ciudadanos JORGE FÉLIX PIÑERUA GONZÁLEZ, JOSEVICT ÁNGEL COLMENARES CARRERO, LOURDES IRAMA CONTRERAS DÁVILA, y DANIEL ERNESTO VELÁSQUEZ PARRA; 2.- Declara la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA por pérdida de interés procesal. 3.- INOFICIOSO pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada.