Sentencia N° 742 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de abril de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 742, Exp. 03-2927, 30/04/2004
Expediente03-2927
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-04-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia conoció de un amparo constitucional interpuesto por María Alejandra Rodríguez Millán a favor de su hermano, JESÚS EDUARDO RODRÍGUEZ, contra una decisión del Juzgado Quincuagésimo de Primera Instancia en Funciones de Control. La Corte de Apelaciones había declarado la terminación del procedimiento por falta de comparecencia de la parte actora a la audiencia. La Sala Constitucional confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones, considerando que la falta de comparecencia del demandante causaba la terminación del procedimiento.

Extracto de la motiva

En el caso de autos se observa que, efectivamente, el demandante no compareció a la audiencia oral y pública, lo cual, de acuerdo con el criterio fijado por esta Sala en la sentencia n° 7 del 1° de febrero de 2000, (Caso: José Amado Mejía Betancourt), causa la terminación del procedimiento, por lo que se encuentra ajustada a derecho la decisión que dictó la Sala n° 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 22 de octubre de 2003 y, en consecuencia, se confirma. Así se declara.

Dispositiva

CONFIRMA la decisión que dictó la Sala n° 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 22 de octubre de 2003, que declaró la terminación del procedimiento en la demanda de amparo que interpuso la ciudadana María Alejandra Rodríguez Millán, a favor de su hermano, el ciudadano JESÚS EDUARDO RODRÍGUEZ.

Palabras clave

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