Sentencia N° 740 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de noviembre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0740, Exp. 23-0454, 13/11/2024
Expediente23-0454
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2024-11-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Tania D’Amelio Cardiet, decidió declarar con lugar la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Jorge Enrique Núñez, en representación de Jean Carlo Lachello Giugliano, en relación con el caso penal MP21-P-2018-2055. La Sala anuló la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado la nulidad de oficio de la sentencia condenatoria dictada el 22 de septiembre de 2021 contra Veruzka María Mendoza Conde por trato cruel en grado de continuidad hacia su hija, confirmando la condena de tres años de prisión impuesta por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda.

Extracto de la motiva

motivada, e igualmente, ordenó una reposición inútil, vulnerando así el orden público constitucional, en sus manifestaciones del derecho a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, consagrados en los artículos 26 y 49.1 de la Constitución, respectivamente, dejando además desprotegida a la niña, al someterla a una nueva revictimización, en clara infracción del artículo 30 eiusdem. Actualmente, el expediente nro. MP21-P-2018-2055, contentivo de la causa penal principal seguida contra ‘LA IMPUTADA’, se encuentra en el Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda. Extensión Valles del Tuy, a la espera de la apertura del nuevo juicio oral contra ‘LA IMPUTADA’…” (sic) [Mayúsculas del original] [Corchetes de la Sala]. Qué “con arreglo a lo dispuesto en los artículos 25.16 y 107 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitó el avocamiento de la causa nro. MP21-P- 2018-2055, del Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, por VIOLACIÓN DEL ORDEN PÚBLICO CONSTITUCIONAL, en sus manifestación del derechos A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, A LA GARANTÍA DE PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS, AL DEBIDO PROCESO Y A LA DEFENSA, consagrados en los artículos 26. 30 y 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, respectivamente, en concordancia con el artículo 257 eiusdem, en razón de la escandalosa inmotivación de la sentencia dictada, el 4 de abril de 2023, por la Sala nro. 3 de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Responsabilidad Penal del Adolescente IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 7 de 31 del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Ocumare del Tuy”. Que “en la sentencia antes mencionada, la Sala nro. 3 de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judic

Dispositiva

Se declara la NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada el 4 de abril de 2023 por la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Valles del Tuy; que declaró la nulidad de oficio del juicio penal efectuado en el asunto penal signado con el alfanumérico MP21-P-2018-2055. Se declara FIRME la decisión del 4 de noviembre de 2022 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, que decidió el asunto penal signado con el alfanumérico MP21-P-2018-2055, seguido a la ciudadana Veruzka María Mendoza Conde, condenándola al cumplimiento de tres (3) años de prisión por la presunta comisión del delito de trato cruel en grado de continuidad en perjuicio de su hija.

Palabras clave

avocamientotrato cruelniñosderechos de la infanciajusticia

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