Sentencia N° 739 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de junio de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 739, Exp. 12-1366, 13/06/2013
Expediente12-1366
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-06-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de junio de 2013, declaró sin lugar la apelación interpuesta por Yhon Anderson Alvarado contra la sentencia dictada el 8 de mayo de 2012, que mantuvo la medida privativa de libertad en su contra. La Corte de Apelaciones había declarado parcialmente con lugar la pretensión de amparo, pero la Sala Constitucional consideró que el amparo no era procedente debido a que el accionante no agotó los recursos ordinarios disponibles para impugnar la decisión. Además, se revocó la sentencia apelada y se declaró inadmisible la pretensión de amparo interpuesta.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la acción de amparo está dirigida a restituir al agraviado en el ejercicio de un derecho constitucional conculcado, que presupone la inexistencia o agotamiento previo de los procedimientos ordinarios o medios procesales idóneos establecidos para dilucidar una controversia. En el caso de autos, el accionante se abstuvo de defenderse a través de la vía ordinaria, por ello esta Sala reitera el criterio sostenido en su sentencia n° 2581 de esta Sala, del 11 de diciembre de 2001, caso: Robinson Martínez Guillén, y en diversos fallos, que es del tenor siguiente: (...) si bien toda persona tiene derecho al ejercicio de la acción de amparo en defensa de sus derechos fundamentales, en no pocas ocasiones se ha distorsionado la finalidad de este medio de tutela contra decisiones judiciales, pretendiendo, tendenciosa y subrepticiamente, que sirva de correctivo ilimitado frente a situaciones procesales desventajosas, obviando que el restablecimiento de los derechos infringidos comienza por la utilización de los remedios procesales ordinarios y extraordinarios (la apelación, el recurso de hecho, la oposición en el proceso cautelar y su articulación probatoria, e incluso, los recursos de casación e invalidación).

Dispositiva

1. Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano YHON ANDERSON ALVARADO, asistido por el abogado Luis Alexy Rueda Castro, defensor privado en la causa penal que dio origen al presente amparo, propuesto contra la presunta violación del derecho a la libertad por parte del auto dictado el 8 de mayo de 2012 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. 2. REVOCA la sentencia apelada, dictada el 14 de septiembre de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. 3. Declara INADMISIBLE la pretensión de amparo interpuesta.

Palabras clave

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