Sentencia N° 738 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de abril de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 738, Exp. 03-2020, 30/04/2004
Expediente03-2020
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-04-30
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la decisión n° 728, confirmó la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró la pérdida del interés y la extinción del derecho de acción del demandante, GIOVANNY ENRIQUE ALEJOS RODRÍGUEZ. El demandante alegó violaciones a sus derechos fundamentales y solicitó la protección de la Sala ante el hostigamiento policial y la investigación en su contra. Sin embargo, se determinó que el demandante no impulsó adecuadamente su acción de amparo, lo que llevó a la conclusión de abandono del trámite.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.
Dispositiva
CONFIRMA la sentencia que dictó el 5 de junio de 2003, la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró el abandono del trámite en el amparo constitucional que intentó el Maestro Técnico de Tercera (Ej) GIOVANNY ENRIQUE ALEJOS RODRÍGUEZ.
Palabras clave
amparo constitucionalderechos fundamentalesabandonar trámiteinterés procesalCorte PrimeraComandancia Generalinvestigación administrativa