Sentencia N° 737 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de junio de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 737, Exp. 13-1033, 16/06/2014
Expediente13-1033
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-06-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Salvador José Guarecuco Cordero, defensor del ciudadano Erick Eduardo García Ávila, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La Corte de Apelaciones fundamentó su decisión en que cesó la violación de derechos alegada por la defensa, al haberse emitido pronunciamiento sobre las solicitudes de libertad y copias certificadas.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional se interpuso contra las presuntas omisiones por parte del Tribunal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, al no pronunciarse sobre las solicitudes de expedición de copias certificadas y de libertad efectuada por la defensa, al haber transcurrido el lapso establecido para que el Ministerio Fiscal presentara el respectivo acto conclusivo. La Sala observa que la acción de amparo se debe declarar inadmisible por haber cesado el agravio, ya que se constató que las pretensiones del accionante fueron satisfechas de manera sobrevenida a la interposición de la acción de amparo constitucional.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.- SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Salvador José Guarecuco Cordero, con el carácter de defensor privado del ciudadano Erick Eduardo García Ávila. SEGUNDO.- CONFIRMA la decisión dictada el 30 de septiembre de 2013 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, que declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Salvador José Guarecuco Cordero, con el carácter de defensor privado del ciudadano Erick Eduardo García Ávila.

Palabras clave

amparoderechosgarantíasinadmisionjusticiaproceso penal

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