Sentencia N° 736 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de noviembre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 736, Exp. 17-0220, 25/10/2017
Expediente17-0220
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-11-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a un recurso de amparo constitucional interpuesto por Isabella Magual Bravo, quien solicitó autorización para que su hija viajara al extranjero. La decisión del Tribunal Tercero de Primera Instancia que había negado dicha autorización fue considerada lesiva a los derechos de la niña, por lo que se declaró con lugar el amparo. La Sala estableció que las decisiones sobre solicitudes de autorización judicial para viajar deben ser motivadas adecuadamente por los jueces, garantizando el interés superior del niño.
Extracto de la motiva
En el presente caso, la Acción de Amparo Constitucional es ejercida contra la decisión dictada en fecha 08/12/2016 en el cuaderno de medida cautelares No AH52-X-2016-00592, derivado del asunto principal AP51-V-2016-019105, contentivo de la Autorización Judicial para Viajar al Exterior a favor de la niña (…), que se sustancia en el Tribunal 3° de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a cargo del a Jueza Abg. MILAGROS TERESA ALTUVE, quien negó la medida preventiva de autorización judicial para viajar fuera del país. Sobre tal decisión las apoderadas judiciales de la solicitante, abogadas ESTRELLA RUIZ de CORRALES y VASYURY VASQUEZ dictada en el cuaderno AH52-X-2016-000592, solicitaron una aclaratoria el día 12/12/2016, es decir, al 2do día de despacho siguiente, con pronunciamiento del Tribunal el día 15/12/2016, es decir, al 3er día de despacho siguiente, ejerciendo luego el recurso de apelación el día 21 de diciembre de 2016, es decir, al 4° día de despacho siguiente.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: EL DECAIMIENTO DEL OBJETO en la apelación interpuesta el 17 de enero de 2017, por la apoderada judicial del ciudadano Francois Daniel Guerin, contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, el 12 de enero de 2017, que autorizó el viaje de la niña cuya identidad se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente junto a su madre la ciudadana Isabella Magual Bravo; sentencia que queda FIRME.
Palabras clave
autorización judicialviaje al extranjerointerés superior del niñoamparo constitucional