Sentencia N° 736 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de julio de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 736, Exp. 10-0056, 13/07/2010
Expediente10-0056
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-07-13
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declaró competente para conocer de la demanda de amparo constitucional interpuesta por Eduardo Enrique Pájaro Marrugo contra la Dirección Ejecutiva de la Magistratura por la omisión en la designación de un juez. Sin embargo, se determinó que la acción de amparo era inadmisible, ya que la supuesta lesión a los derechos del demandante no era inmediata ni realizable por la DEM, lo que llevó a la inadmisión de la demanda.

Extracto de la motiva

Por las razones que se expusieron, esta Sala concluye en que procede la inadmisión de la demanda de amparo de autos con fundamento en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y que resulta inoficioso pronunciarse en relación con la medida cautelar que fue solicitada, por su carácter instrumental y accesorio respecto de la solicitud principal, y así se declara.

Dispositiva

Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acepta la declinatoria de competencia; se declara COMPETENTE para el conocimiento de la demanda de amparo constitucional que ejerció el ciudadano EDUARDO ENRIQUE PAJARO MARRUGO, contra la Dirección Ejecutiva de la Magistratura por la omisión, que le atribuyó, de designación de juez en el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, respecto a la cual declara su INADMISIÓN. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

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