Sentencia N° 734 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de octubre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 734, Exp. 17-0950, 25/10/2017
Expediente17-0950
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-10-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Francisca Contreras Carvajal contra la decisión del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Carabobo, que declaró sin lugar la apelación de la demandante. La Sala consideró que la decisión impugnada violó los derechos al debido proceso y a la defensa, ya que la sentencia fue dictada fuera del lapso legal establecido. Se ordenó la suspensión de la ejecución de la sentencia hasta que se resuelva el fondo del amparo.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: ADMITE la acción de amparo constitucional contra la decisión dictada el 19 de junio de 2017, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. SEGUNDO: Se ORDENA al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, remita la información solicitada. TERCERO: ACUERDA la medida cautelar solicitada por la ciudadana Francisca Contreras Carvajal contra la decisión dictada el 19 de junio de 2017, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, hasta que se dicte la sentencia de mérito y, en consecuencia, se ORDENA al Tribunal Segundo de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en el expediente signado con el N.° 2.709, de su nomenclatura interna, suspender –en el estado en que se encuentre- la ejecución de la sentencia dictada el 19 de junio de 2017, hasta tanto se decida el fondo del presente amparo.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: ADMITE la acción de amparo constitucional contra la decisión dictada el 19 de junio de 2017, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. SEGUNDO: Se ORDENA al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, remita la información solicitada. TERCERO: ACUERDA la medida cautelar solicitada por la ciudadana Francisca Contreras Carvajal contra la decisión dictada el 19 de junio de 2017, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, hasta que se dicte la sentencia de mérito y, en consecuencia, se ORDENA al Tribunal Segundo de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en el expediente signado con el N.° 2.709, de su nomenclatura interna, suspender –en el estado en que se encuentre- la ejecución de la sentencia dictada el 19 de junio de 2017, hasta tanto se decida el fondo del presente amparo.