Sentencia N° 732 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de junio de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 732, Exp. 13-0429, 13/06/2013
Expediente13-0429
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-06-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo interpuesta por la abogada Deusdedith Josefina Tortolero Mendoza, en representación de la empresa CENTRO AUTOMOTRIZ AVILA MAR, C.A., contra la decisión del Tribunal Superior Primero del Trabajo del Estado Vargas, que declaró sin lugar un recurso de apelación relacionado con un auto de ejecución forzosa. La Sala consideró que la ejecución forzosa se había llevado a cabo sin la experticia complementaria del fallo, lo que vulneraba el derecho a la defensa de la parte demandante.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo constitucional fue ejercida contra la decisión que dictó el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas del 16 de mayo de 2013, se declaró 'PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho DEUSDEDITH JOSEFINA TORTOLERO MENDOZA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en fecha diecisiete (17) de abril del año dos mil trece (2013), en contra del auto de Ejecución Forzosa dictado por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha dieciséis (16) de abril del año dos mil trece (2013). SEGUNDO: SE CONFIRMA, el auto de Ejecución Forzosa dictado por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha dieciséis (16) de abril del año dos mil trece (2013)'.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara: 1.- COMPETENTE y ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Deusdedith Josefina Tortolero Mendoza, en carácter de apoderada judicial de la empresa denominada CENTRO AUTOMOTRIZ AVILA MAR, C.A., ya identificados, contra el fallo dictado por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas el 16 de mayo de 2013. 2.- DECRETA medida innominada de suspensión de los efectos de la sentencia que expidió el Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas del 16 de abril de 2013, hasta que la presente causa sea resuelta.

Palabras clave

amparonotificaciónproceso laboralderecho a la defensaLey Orgánica Procesal del Trabajojurisprudenciaestadia a derecho

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