Sentencia N° 732 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de julio de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 732, Exp. 09-1244, 12/07/2010
Expediente09-1244
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-07-12
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la terminación del procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por Emilia Bustinza de Segovia. Se establece que la parte actora no mostró interés en continuar con el proceso, ya que transcurrieron más de seis meses sin ninguna actuación procesal. La Sala considera que esta inactividad equivale al abandono del trámite, lo que conlleva a la extinción de la instancia.

Extracto de la motiva

Esa conducta pasiva de la parte actora, quien afirmó, hace más de seis meses, que necesitaba la tutela urgente y preferente del amparo constitucional, fue calificada, por esta Sala, como abandono del trámite, en decisión Nº 982 del 6 de junio de 2001 (caso: José Vicente Arenas Cáceres) en los siguientes términos: (...) En efecto, si el legislador ha estimado que, como consecuencia de ese carácter de urgencia que distingue al amparo, la tolerancia de una situación que se entiende lesiva de derechos fundamentales, por más de seis meses, entraña el consentimiento de la misma y, por tanto, la pérdida del derecho a obtener protección acelerada y preferente por esa vía, resulta lógico deducir que soportar, una vez iniciado el proceso, una paralización de la causa sin impulsarla por un espacio de tiempo semejante, equivale al abandono del trámite que había sido iniciado con el fin de hacer cesar aquélla situación lesiva o amenazadora de derechos fundamentales (...).

Dispositiva

Por las razones que fueron expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara LA TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la pretensión de amparo que incoó el abogado Oswaldo José Ponce Pérez, en su condición de apoderado de la ciudadana EMILIA BUSTINZA DE SEGOVIA, contra dediciones dictadas por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar y por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Menores y Contencioso Administratativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.

Palabras clave

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