Sentencia N° 731 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de octubre de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0731, Exp. 17-0245, 29/10/2018
Expediente17-0245
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-10-29
DecisiónNO ES COMPETENTE para conocer del amparo constitucional autónomo y DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la presente acción de amparo constitucional en la Corte de lo Contencioso Administrativo.
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 29 de octubre de 2018, declaró que no es competente para conocer del amparo constitucional interpuesto por Lucio José Carrillo Anzola y Mónica Kelly Colina contra la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo. La Sala declinó la competencia a la Corte de lo Contencioso Administrativo, argumentando que la acción de amparo fue presentada contra una decisión judicial y que corresponde a un tribunal superior decidir sobre la misma. La decisión se fundamenta en la normativa que regula la competencia en materia de amparo constitucional.
Dispositiva
1.- QUE NO ES COMPETENTE para conocer del amparo constitucional autónomo conjuntamente con solicitud de declaratoria de mero derecho, de procedencia in limine litis y de medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por los abogados Ana Colina de Kelly y Jesús Rafael León, actuando con el carácter de representantes judiciales de los ciudadanos LUCIO JOSÉ CARRILLO ANZOLA y MÓNICA KELLY COLINA, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 20 de Diciembre de 2016 por el Juzgado Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte con sede en la ciudad de Valencia del Estado Carabobo en el Expediente N° 12.968. 2.- DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la presente acción de amparo constitucional en la Corte de lo Contencioso Administrativo, que le corresponda conocer de la misma previa distribución.