Sentencia N° 731 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de abril de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 731, Exp. 01-1413, 03/04/2002
Expediente01-1413
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-04-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Eduwin Augusto Silva Torrealba, en relación a una decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil. El abogado alegó que no se le reconoció el éxito obtenido en un juicio de partición de bienes, lo que motivó su demanda por honorarios profesionales. La Sala determinó que los argumentos del accionante ya habían sido expuestos en una demanda anterior, lo que configuró la inadmisibilidad de la acción de amparo.
Extracto de la motiva
La sentencia objeto de la presente consulta, declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Eduwin Augusto Silva Torrealba, de conformidad con el artículo 6, numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. En este sentido, dicho fallo declaró que 'al comparar la estimación del aparte 3.- del libelo del juicio sentenciado por el Tribunal Retasador con la estimación del capítulo PRIMERO del libelo con el cual se inició el juicio que cursa por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, se constata que ambas reflejan la reclamación que el abogado EDUWIN AUGUSTO SILVA TORREALBA hace a quienes fueron sus poderdantes de honorarios por gestiones profesionales... siendo igual la estimación en ambos casos en cuanto al monto de ocho millones setecientos cincuenta mil bolívares (Bs. 8.750.000,oo)'. Que 'es evidente... que la reclamación de honorarios negada por el Tribunal Retasador alegando no constar en actas las actuaciones, es la reclamación propuesta en el capítulo PRIMERO del libelo de demanda que cursa por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, constatándose en esa forma que el abogado EDUWIN AUGUSTO SILVA TORREALBA... ocurrió a la vía judicial ordinaria para obtener lo que alega le fue injustamente negado'.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia el 5 de febrero de 2001, objeto de la presente consulta, la cual declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado EDUWIN AUGUSTO SILVA TORREALBA contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la misma Circunscripción Judicial, constituido en Tribunal Retasador, el 24 de marzo de 2000.
Palabras clave
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