Sentencia N° 730 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 730, Exp. 15-0669, 11/08/2016
Expediente15-0669
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2016-08-11
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la solicitud de ampliación de la sentencia N° 1.076, presentada por el abogado José Armando Sosa en representación de la sociedad mercantil VINCOMIX, C.A. La solicitud se fundamentó en la necesidad de aclarar la interpretación sobre la condición de los delegados sindicales y su relación laboral con la empresa. La Sala argumenta que no se configuraron errores materiales ni omisiones en la sentencia original, y que la solicitud de ampliación no puede ser utilizada para cuestionar la decisión de fondo.
Extracto de la motiva
En virtud del anterior criterio jurisprudencial, se estima que en el caso de autos se produjo el vicio de incongruencia omisiva, y con ello, la vulneración al derecho a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que la situación planteada se ajusta a los fines que persigue la potestad extraordinaria de revisión constitucional según los términos expresados en el fallo de esta Sala N° 93 del 6 de febrero de 2001, (caso: ‘Corpoturismo’), motivo por el que se declara ha lugar la revisión constitucional solicitada y, en consecuencia, se anula la sentencia dictada el 21 de mayo de 2014, por el Tribunal Superior Segundo del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, y se ordena al Juzgado Superior del Trabajo de dicha Circunscripción Judicial, que corresponda previa distribución de la causa, que se pronuncie nuevamente sobre el mérito del asunto sometido a consideración, con sujeción al criterio que fue expuesto en el presente dictamen. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de ampliación, interpuesta por el abogado José Armando Sosa, antes identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil VINCOMIX, C.A. de la sentencia N° 1.076 dictada por esta Sala Constitucional el 10 de agosto de 2015, que declaró no ha lugar la solicitud de revisión constitucional interpuesta contra la sentencia dictada, el 21 de abril de 2015, por el Juzgado Superior Primero del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.