Sentencia N° 729 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de abril de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 729, Exp. 07-0243, 25/04/2007
Expediente07-0243
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-04-25
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Nilo Alberto Fernández Mavarez, en representación de los ciudadanos Aldo José Mancilla Cabrera y Jesús Alberto Yagua Leal, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón. La inadmisibilidad se fundamentó en la falta de acreditación de la representación judicial del abogado, quien no presentó el poder correspondiente para actuar en nombre de los ciudadanos mencionados.
Extracto de la motiva
La presentación del poder conjuntamente con el escrito de interposición de la acción es fundamental para acreditar la representación judicial que en él se asume y para la verificación del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en la ley. No obstante, si no se consignan las copias de este instrumento, deben señalarse los datos del otorgamiento del mismo, a los efectos de ser consignado antes de la oportunidad de la admisión de la acción. En este sentido, el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aplicable a la acción de amparo por disposición del artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, prevé la falta de representación como una causal de inadmisibilidad.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Nilo Alberto Fernández Mavarez, actuando en representación de los ciudadanos ALDO JOSÉ MANCILLA CABRERA y JESÚS ALBERTO YAGUA LEAL, contra la decisión dictada el 22 de enero de 2007 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.
Palabras clave
amparo constitucionalinadmisibilidadrepresentación judicialCorte de Apelacionesderechos constitucionalesCódigo Orgánico Procesal Penal