Sentencia N° 729 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de abril de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 729, Exp. 00-2254, 09/04/2003
Expediente00-2254
PonenteJesús Eduardo Cabrera Romero
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-04-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional recibió un oficio del Juzgado Superior Sexto del Trabajo relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por B.P. EXPLORACIÓN DE VENEZUELA, S.A. contra una decisión que declaró inadmisible el amparo propuesto. La Sala acordó la medida cautelar solicitada y ordenó al Juzgado de Primera Instancia abstenerse de pronunciar la sentencia definitiva hasta que se decidiera la apelación. Posteriormente, se solicitó información al Juzgado sobre la resolución de la apelación, la cual aún no había sido decidida.

Extracto de la motiva

En virtud de lo expuesto, esta Sala estima necesario, a los fines de pronunciarse sobre la apelación ejercida por la empresa accionante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley que rige la materia de amparo, requerir al Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas, tribunal que conoce de la apelación ejercida por la accionante contra el auto accionado, según lo señalado por los apoderados actores, información acerca de si dicho recurso fue decidido o no, y en caso de haberse pronunciado sobre el mismo, remitir copia certificada de dicha decisión en un lapso de cinco (5) días de despacho, a los fines del pronunciamiento en alzada del amparo solicitado por la empresa B.P. EXPLORACIÓN DE VENEZUELA, S.A. y así se decide.

Dispositiva

Publíquese y regístrese. Ofíciese al prenombrado Juzgado Superior y anéxese copia del presente auto. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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