Sentencia N° 724 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de octubre de 2018

TSJ/SC, Sent. N° 0724, Exp. 18-0521, 22/10/2018
Expediente18-0521
PonenteCALIXTO ORTEGA RIOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-10-22
DecisiónDeclina

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de amparo constitucional interpuesta por Jorge Granados Betancourt contra la sociedad mercantil Integral de Mercado y Almacenes C.A. (INMERCA), debido a un desalojo arbitrario de un local que operaba en concesión. La Sala, tras analizar la competencia, determinó que la acción debía ser conocida por los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ya que la situación denunciada se relaciona con una actuación administrativa y no con un funcionario de jerarquía constitucional.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo constitucional ha sido interpuesta contra la sociedad mercantil INTEGRAL DE MERCADO Y ALMACENES C.A., (INMERCA), por las supuestas vías de hecho, según las cuales, el accionante fue expulsado de un local que venía operando en concesión en el Mercado Antonio José de Sucre y despojado del local, de los equipos, las herramientas y el mobiliario que en él se encontraba. Ello así, artículo 25.18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, atribuye a esta Sala Constitucional la competencia para conocer en única instancia, de las acciones de amparo constitucional interpuestas contra los altos funcionarios públicos nacionales de rango constitucional. De esta forma, el fuero especial establecido en las referidas disposiciones legales, se encuentra delimitado por una conditio personarum que opera cuando el presunto agraviante es un funcionario de jerarquía constitucional con competencia nacional, es decir, que se trate de una figura subjetiva reconocida en el Texto Fundamental y que sus competencias sean ejercidas en todo el territorio de la República, afectando así múltiples factores políticos, sociales y económicos de la Nación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, DECLINA en los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Región Capital (Tribunales Superiores Civiles y Contencioso Administrativos de la Región Capital), la competencia para conocer del amparo constitucional incoado por el ciudadano JORGE GRANADOS BETANCOURT, contra la sociedad mercantil INTEGRAL DE MERCADO Y ALMACENES C.A., (INMERCA). Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente. Cúmplase lo ordenado.

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