Sentencia N° 722 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de noviembre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0722, Exp. 24-0600, 08/11/2024
Expediente24-0600
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de amparo constitucional interpuesta por Jorge Alonso Jaramillo Hernández contra el Juzgado Superior Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. El demandante argumentó que el juzgado no había emitido sentencia en un recurso de apelación durante un prolongado periodo de tiempo, lo que justificaba la solicitud de amparo. La Sala, tras evaluar los argumentos y la falta de respuesta del juzgado, decidió declarar con lugar la acción de amparo.
Extracto de la motiva
Ello así, se ORDENA oficiar al Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para que dé cumplimiento a lo establecido en el presente auto, so pena de incurrir en responsabilidad administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que dispone: “[l]as Salas del Tribunal Supremo de Justicia sancionarán con multa equivalente hasta doscientas veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido en el Banco Central de Venezuela, a las personas funcionarias o funcionarios que no acataren sus órdenes o decisiones o no le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar”. Para el cumplimiento más expedito de lo dispuesto anteriormente, se ordena igualmente a la Secretaría de la Sala que, conforme a lo señalado en el artículo 91, numeral 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, practique en forma telefónica la notificación del mencionado Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Dispositiva
Se ORDENA oficiar al Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para que dé cumplimiento a lo establecido en el presente auto.