Sentencia N° 719 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de mayo de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0719, Exp. 22-0996, 14/05/2025
Expediente22-0996
PonenteJanette Trinidad Córdova Castro
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-05-14
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara su competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Isnelia Carolina Mendoza Fuentes en representación de los acusados Jorge Roberto Sánchez Yánez y Sandra Yamilex Beomont Gil. La acción se interpuso contra una decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado parcialmente con lugar un recurso de apelación. Sin embargo, se determina que ha transcurrido más de seis meses sin que la parte actora haya realizado acto alguno de impulso procesal, lo que se califica como abandono del trámite.
Extracto de la motiva
Que “…[l]a decisión de la Corte Accidental accionada, que revoca la decisión que restableció el orden público constitucional dictada por el Tribunal Séptima (7°) en Funciones de Control, configura una «lesión de la garantía de razonabilidad» (…) por lesionar de manera directa todos los principios y valores jurisdiccionales consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela…”. Que “…la transgresión del orden público constitucional que se produce en este caso, por el uso abusivo de la jurisdicción penal que lesiona la garantía constitucional del debido proceso prevista en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el derecho de libertad previsto en el artículo 44 ejusdem, ante la revocatoria con incompetencia por el Tribunal de Juicio Accionado representa una gesta abusiva de las facultades jurisdiccionales por parte de la Corte de Apelaciones accionada, lo cual ha permitido que se continúe utilizando la Jurisdicción penal a través de la violación del derecho al juzgamiento en libertad, como medida de presión y extorsiva para obligar el pago de sumas de dinero por presuntas obligaciones y de orden mercantil que representan hechos que no revisten carácter penal…”.
Dispositiva
Se declara la terminación del procedimiento por abandono del trámite, y se impone a la parte actora una multa de dos mil bolívares (Bs.2.000,00).
Palabras clave
debido procesoigualdad procesaljurisdicción penaltutela judicialderechos humanosmedidas cautelares