Sentencia N° 719 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de junio de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 719, Exp. 15-0439, 17/06/2015
Expediente15-0439
PonenteGLADYS MARIA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2015-06-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer la interpretación del artículo 81 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, solicitada por Jesús Andrés Durán Romero. La Sala determinó que no tiene competencia para conocer de dicha interpretación, declinando el conocimiento a la Sala de Casación Social, dado que la materia en cuestión es de naturaleza laboral. La decisión se fundamenta en la atribución de la Sala Constitucional para interpretar normas constitucionales, mientras que la interpretación de leyes corresponde a la Sala de Casación Social.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, se declara: 1.- Que no tiene COMPETENCIA para el conocimiento de la pretensión de interpretación que interpuso JESÚS ANDRÉS DURÁN ROMERO del artículo 81 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. En consecuencia, 2.- DECLINA LA COMPETENCIA en la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, se declara: 1.- Que no tiene COMPETENCIA para el conocimiento de la pretensión de interpretación que interpuso JESÚS ANDRÉS DURÁN ROMERO del artículo 81 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. En consecuencia, 2.- DECLINA LA COMPETENCIA en la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia.