Sentencia N° 717 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de mayo de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 717, Exp. 11-0438, 13/05/2011
Expediente11-0438
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-05-13
DecisiónANULA

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la decisión del Juzgado Séptimo de Primera Instancia que desaplicó la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad en el caso de Alexander José Velásquez Morales, condenado por hurto agravado. La Sala determinó que la desaplicación no fue motivada adecuadamente y que el control difuso de la constitucionalidad no se ejerció correctamente. Por lo tanto, se anula la decisión del juzgado y se ordena un nuevo pronunciamiento conforme a los lineamientos establecidos por la Sala.

Extracto de la motiva

Tal omisión, no puede ser entendida como una especie de control difuso tácito, pues no puede reputarse como sobreentendida la inconstitucionalidad de una norma legal que -en principio- goza de una presunción de legitimidad. Por el contrario, el ejercicio judicial del mecanismo de protección de la Constitución en comentario, debe contener un análisis expreso que justifique la desaplicación para el caso concreto de una norma legal que pretende ser cuestionada. Conforme la doctrina parcialmente reproducida, se hace necesario acotar que el control difuso de la constitucionalidad no puede ser ejercido de forma indiscriminada, pues el mismo requiere de un minucioso análisis de las normas cuya desaplicación se pretende, así como la clara determinación de los preceptos constitucionales transgredidos, lo que en definitiva, permitirá a esta Sala determinar si la decisión sometida a revisión se encuentra ajustada a derecho.

Dispositiva

1.- NO ACEPTA LA REMISIÓN del expediente que le fuera hecha por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia para la revisión de la sentencia que dictó el 09 de junio de 2010, mediante la cual, según expresó, desaplicó “la Sujeción a la Vigilancia de la contenida en el Código Penal (sic)” en la causa seguida al ciudadano ALEXANDER JOSÉ VELÁSQUEZ MORALES, por la comisión del delito de hurto agravado en grado de tentativa. 2.- ANULA la referida decisión del 20 de septiembre de 2010, sólo en lo que respecta a la desaplicación de la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad del ciudadano Alexander José Velásquez Morales. En consecuencia, ORDENA al Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia dicte nueva decisión, conforme lo establecido por esta Sala en el presente fallo.

Palabras clave

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