Sentencia N° 716 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de mayo de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 716, Exp. 05-0347, 03/05/2005
Expediente05-0347
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-05-03
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, acepta la competencia declinada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Se anula la sentencia dictada el 27 de octubre de 2004 que declaró con lugar el amparo ejercido y se admite la acción de habeas data interpuesta por Pablo José Bencomo Fernández, en su carácter de Administrador General de Inversiones Macomaco, C.A., contra el Banco Industrial de Venezuela, C.A. La Sala considera que la inclusión de la demandante en el Sistema de Información Central de Riesgos con un alto nivel de riesgo afecta su reputación y su capacidad de acceder a créditos, lo que constituye una violación de sus derechos constitucionales.
Extracto de la motiva
La inclusión de la quejosa en el S.I.C.R.I., además con una calificación de alto riesgo, lo cual la hace aparecer con una tacha desde el punto de vista de su recto desenvolvimiento en sus relaciones comerciales, constituye una frontal trasgresión de su reputación, sin que sea necesario, como lo pretendió la representación judicial del agraviante, que a aquélla se le hubiese imputado un delito, una inmoralidad o expresiones de vituperio o actos de menosprecio público, pues éstas sólo constituyen ejemplos, meramente enunciativos de algunos supuestos que pueden constituir violaciones a su reputación. Contrariamente a lo que expuso la representación judicial de la agraviante, el derecho a libertad económica no consiste exclusivamente en poder elegir la actividad económica de nuestra predilección sino también en la posibilidad de ejercicio de dicha actividad sin obstáculos o limitaciones injustificados. En la actividad mercantil, el crédito es un elemento de capital importancia para alcanzar cumplidamente la función económico-social que corresponde a los diversos factores que interactúan en la misma con el propósito de acercar fácil y prontamente producción y consumo.
Dispositiva
1.- ACEPTA la competencia que le fue declinada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. 2.- ANULA la sentencia dictada el 27 de octubre de 2004, que declaró con lugar el amparo ejercido, así como las actuaciones realizadas por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. 3.- ADMITE la acción de habeas data interpuesta por el ciudadano Pablo José Bencomo Fernández, titular de la cédula de identidad N° 1.337.666, asistido por el abogado Francisco Villavicencio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 5.648, en su carácter de Administrador General de la sociedad mercantil INVERSIONES MACOMACO, C.A., inscrita inicialmente ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo el 09 de marzo de 1979, bajo el N° 41, Tomo 73-B, contra el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA. C.A. 4.- IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada. 5.- ORDENA emplazar al ciudadano Pablo José Bencomo Fernández, en su carácter de Administrador General de la sociedad mercantil Inversiones Macomaco, C.A., antes identificados, y al Banco Industrial de Venezuela, C.A., en la persona de su Presidente, a los fines de que se pongan a derecho en la presente causa y expongan lo que a bien tengan.
Palabras clave
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