Sentencia N° 712 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 712, Exp. 16-0993, 14/08/2017
Expediente16-0993
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-14
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Juan José Mendoza Jover, decidió sobre la solicitud de revisión constitucional interpuesta por la abogada Narky Navarro de Borjas, en representación de la sociedad TROPICALUM, C.A. La revisión se basó en la sentencia N° 0529 de la Sala de Casación Social, que declaró sin lugar un recurso de apelación contra un acto administrativo que impuso una multa a la empresa por infracciones laborales. La Sala Constitucional concluyó que no se evidenciaron los vicios alegados por la recurrente y que la decisión de la Sala de Casación Social estaba ajustada a derecho.

Extracto de la motiva

La presente solicitud de revisión constitucional de sentencia, versa sobre la decisión dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia el 6 de junio de 2016, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de apelación, interpuesto por el recurrente, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 18 de febrero de 2013. En efecto, esta Sala precisa que la revisión constitucional ha sido concebida como un medio procesal extraordinario destinado para preservar la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales o para corregir graves infracciones a sus principios o reglas, lo que será determinado por la Sala en cada caso, siendo siempre facultativo de ésta su procedencia o no.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara que NO HA LUGAR a la solicitud de revisión, planteada por la abogada Narky Navarro de Borjas, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad de comercio TROPICALUM,C.A., de la sentencia n.° 0529, dictada, el 6 de junio de 2016, por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que declaró “PRIMERO: (…) SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por la parte actora contra el fallo dictado por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 18 de febrero del año 2013, segundo: Confirma el fallo apelado, y TERCERO: FIRME el acto administrativo impugnado.”

Palabras clave

incongruenciasancionesconfianza legítimaprocedimiento administrativotrabajomultas

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