Sentencia N° 711 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de diciembre de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0711, Exp. 21-0711, 03/12/2021
Expediente21-0711
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-12-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La sentencia se refiere a una acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Christopher Daniel Zamora Fernández en nombre de su defendida, Berlice De Los Ángeles Casañas Gil, debido a la omisión de pronunciamiento por parte de la Corte de Apelaciones del Primer Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui. La Sala Constitucional, tras evaluar los alegatos y la situación de salud de la demandante, decide ordenar a la Corte de Apelaciones que informe sobre el estado del recurso de amparo y la causa penal relacionada.

Extracto de la motiva

Esta Sala Constitucional, a los fines de pronunciarse sobre la procedencia o no de la acción de “amparo constitucional por omisión de pronunciamiento”, considera pertinente hacer uso de la potestad que le es dada al juez constitucional, previo a la emisión del fallo correspondiente, de requerir la información que sea necesaria o solicitarla de oficio cuando lo estime pertinente para la resolución del caso sometido a su conocimiento (Vid. Sentencia de la Sala Constitucional N.º 698/09, caso: Álvaro Luis Escalona y otro), de conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia dicta un auto para mejor proveer y en consecuencia, esta Sala ORDENA al Presidente de la Corte de Apelaciones del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción del estado Anzoátegui, que INFORME a esta Sala: a) si cursa ante dicha corte Recurso de Amparo Constitucional en contra del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Estadal y Municipal de esa Circunscripción Judicial, interpuesto por el abogado Christopher Daniel Zamora Fernández, en su carácter de defensor privado de la ciudadana Berlice De Los Ángeles Casañas Gil, titular de la cédula de identidad N.º 13.919.166, y en caso de ser afirmativo, b) remita copia certificada de la decisión dictada ante la referida solicitud; c) asimismo informe el estado actual de la causa penal signada con el N.º BP01-P-2019-002668, información que deberá remitir con el acompañamiento de la documentación respectiva, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, más el término de la distancia de cuatro (04) días.

Dispositiva

ORDENA al Presidente de la Corte de Apelaciones del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción del estado Anzoátegui, que INFORME a esta Sala: a) si cursa ante dicha corte Recurso de Amparo Constitucional en contra del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Estadal y Municipal de esa Circunscripción Judicial, interpuesto por el abogado Christopher Daniel Zamora Fernández, en su carácter de defensor privado de la ciudadana Berlice De Los Ángeles Casañas Gil, titular de la cédula de identidad N.º 13.919.166, y en caso de ser afirmativo, b) remita copia certificada de la decisión dictada ante la referida solicitud; c) asimismo informe el estado actual de la causa penal signada con el N.º BP01-P-2019-002668.

Palabras clave

amparo constitucionalomisión de pronunciamientoderechos fundamentalessaludjusticiacorte de apelaciones

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca