Sentencia N° 710 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de octubre de 2018

TSJ/SC, Sent. N° 0710, Exp. 17-0962, 19/10/2018
Expediente17-0962
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-10-19
DecisiónTerminada el procedimiento, por abandono de trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante esta sentencia, declara terminado el procedimiento de amparo constitucional interpuesto por la abogada Georga Inciarte Quintana en representación de Verónica Josefina Franco, por abandono de trámite. Se establece que la parte accionante no mantuvo el interés en la resolución del caso, ya que transcurrieron más de seis meses sin impulso procesal. Además, se impone una multa a la parte accionante por la cantidad de cinco bolívares, conforme a la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el amparo constitucional de autos fue interpuesto el 18 de septiembre de 2017, contra la sentencia dictada el 7 de febrero de 2017 por el Tribunal Superior Segundo en lo Civil y Mercantil del Estado Zulia, que declaró i) inadmisible el recurso de hecho interpuesto por la ciudadana Verónica Josefina Franco, contra auto de fecha 8 de diciembre de 2016, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; mediante la cual se negó el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la mencionada ciudadana, contra sentencia interlocutoria de fecha 28 de noviembre de 2016; y ii) confirmó el referido auto, proferido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial, el día 8 de diciembre de 2016, mediante el cual se negó el recurso de apelación ejercido contra resolución interlocutoria de fecha 28 de noviembre de 2016 dictada por el mencionado Juzgado.

Dispositiva

1.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono de trámite, en la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Georga Inciarte Quintana, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana VERÓNICA JOSEFINA FRANCO, contra la sentencia dictada el 7 de febrero de 2017 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. 2.- IMPONE multa a la parte accionante, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

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