Sentencia N° 71 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de febrero de 2019
TSJ/SC, Sent. N° 0071, Exp. 18-0270, 27/02/2019
Expediente18-0270
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2019-02-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declaró competente para conocer la solicitud de revisión constitucional de la sentencia N° RC.000112-2018, dictada por la Sala de Casación Civil. En esta sentencia, se acordó la medida cautelar de suspensión de efectos de la decisión impugnada, que había declarado sin lugar el recurso de casación interpuesto por Omar Marambio Cortés contra la sentencia de un juzgado inferior. Además, se decretó una medida de prohibición de enajenar y gravar sobre el bien inmueble objeto del juicio.
Extracto de la motiva
motiva de esta sentencia. Y se condena al ciudadano NELSON RAMÍREZ TORRES al pago de las costas causadas con ocasión de tales denuncias. TERCERO: En lo atinente a la Resolución de Contrato incoada por LEVECA S.A. (actora reconvenida) en contra del ciudadano OMAR MARAMBIO (accionado reconviniente), alusiva al inmueble identificado ab initio, se DECLARA: (i) Sin Lugar (sic) la IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 1 de 20 apelación interpuesta por la actora respecto a la Cuestión (sic) prevista en el cardinal 11º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, declarada improcedente por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en el
Dispositiva
1- Se declara COMPETENTE para conocer de la solicitud de revisión constitucional de la sentencia N° RC.000112-2018, dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, el 9 de marzo de 2018. 2.- Se ACUERDA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS de la sentencia RC.000112-2018. 3- Se DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el bien inmueble objeto del juicio originario. 4.- Se ORDENA notificar al juez a cargo del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 5.- ORDENA la notificación a la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia y al tribunal de la causa.
Palabras clave
resolucion de contratonulidadsimulacioncostascompraventaprocedimiento civil