Sentencia N° 709 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 709, Exp. 17-0367, 14/08/2017
Expediente17-0367
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-14
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Robert Antonio Molina Burgos en representación de Darwin Rafael Contreras Trujillo, Reinolds Renee Contreras Trujillo y Génesis Alejandra Colmenares Pérez. La decisión se basa en la falta de legitimación del abogado para actuar en nombre de sus defendidos, ya que no presentó el poder correspondiente que acreditara su representación legal.

Extracto de la motiva

Una vez asumida la competencia, esta Sala observa que la presente acción de amparo constitucional fue interpuesta por el abogado Robert Antonio Molina Burgos, quien manifestó obrar en su condición de defensor de los ciudadanos: Darwin Rafael Contreras Trujillo, Reinolds Renee Contreras Trujillo y Génesis Alejandra Colmenares Pérez, contra la decisión dictada el 14 de noviembre de 2016, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en la causa penal seguida contra dichos ciudadanos por la presunta comisión de los delitos de “ROBO AGRAVADO, ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR y VIOLACIÓN AGRAVADA”. En el caso bajo examen, el recurso de apelación se dirige contra la decisión dictada el 1° de marzo de 2017, por la Sala 9° de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, que luego de examinar los fundamentos de la acción de amparo constitucional propuesta, declaró improcedente in limine litis la misma, en relación en relación a la denuncia omisión de pronunciamiento delatada ante la primera instancia constitucional, una vez verificado, en contraposición al referido argumento, el pronunciamiento judicial emitido por el tribunal accionado, e inadmisible la acción de amparo constitucional, en relación al argumento de falta de notificación de la referida decisión.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1.- Que es COMPETENTE para conocer de la apelación interpuesta por el abogado Robert Antonio Molina Burgos, quien manifiestó obrar en calidad de defensor de los ciudadanos: Darwin Rafael Contreras Trujillo, Reinolds Renee Contreras Trujillo y Génesis Alejandra Colmenares Pérez, todos ut supra identificados; contra el fallo dictado el 1 de marzo de 2017, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, que declaró inadmisible el amparo ejercido contra la decisión dictada el 14 de noviembre de 2016, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de dicho Circuito Judicial Penal. 2.- INADMISIBLE el aludido recurso de apelación, por falta de representación.

Palabras clave

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