Sentencia N° 704 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de mayo de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 704, Exp. 12-0235, 24/05/2012
Expediente12-0235
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-05-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Mairelis del Valle Herrera Martínez contra la decisión del Juzgado Superior que declaró inadmisible su acción de amparo constitucional. La Sala determinó que la apelante había ejercido previamente el recurso de apelación, lo que hacía inadmisible la acción de amparo conforme a la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. En consecuencia, se confirmó la decisión del Juzgado Superior.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo fue interpuesta el 6 de octubre de 2009 por la ciudadana Mairelis del Valle Herrera Martínez, debidamente asistida por el abogado Oscar Sierra Dorante, contra la sentencia que dictó, el 25 de septiembre de 2009, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, que declaró sin lugar la recusación planteada por la quejosa. Denunció la quejosa que la jueza accionada al decidir la recusación incurrió en abuso de derecho y violentó el debido proceso y el derecho a la defensa, al haber actuado en la incidencia de recusación planteada como si fuera una instancia superior. Por su parte el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, declaró inadmisible 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales la acción de amparo interpuesta, al considerar entre otras cosas, que al haber la quejosa apelado del auto revocatorio de la incidencia probatoria dictada por la Juez Nelly Castro Gómez, con lo cual utilizó el recurso ordinario, la acción amparo propuesta deviene en inadmisible.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley declara: 1.- SIN LUGAR la apelación ejercida contra la decisión dictada el 7 de octubre de 2009, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. 2.- CONFIRMA la decisión del a quo, que declaró inadmisible la demanda de amparo constitucional propuesta. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al tribunal de origen.

Palabras clave

amparoderechosgarantíasprocesoinadmisibilidadrecursosjusticia

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