Sentencia N° 703 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de mayo de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 703, Exp. 08-1307, 24/05/2012
Expediente08-1307
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2012-05-24
DecisiónExtinción de la Instancia

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la instancia por pérdida del interés procesal del ciudadano Hermann Escarrá, quien solicitó la nulidad de varios artículos del Decreto N° 6.239. La Sala argumenta que desde la presentación de la demanda, el demandante no mostró interés en continuar con el proceso, lo que llevó a la conclusión de que no había razón para que el órgano jurisdiccional continuara con la causa.

Extracto de la motiva

El interés procesal ha de manifestarse en la demanda o solicitud y ha de mantenerse a lo largo del proceso, ya que la pérdida del interés procesal se traduce en el decaimiento y extinción de la acción. Por ello, ante la constatación de esa falta de interés, la extinción de la acción puede declararse de oficio, ya que no hay razón para que se movilice el órgano jurisdiccional. En el caso de autos no hubo pronunciamiento respecto de la admisión de la demanda y, sin embargo, el demandante no impulsó la causa para que ello ocurriera. De este modo, ya que desde el 7 de octubre de 2008 la parte actora no ha manifestado interés en la causa, se declara la extinción de la instancia por pérdida del interés procesal.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA por pérdida del interés de la parte actora, en el recurso incoado por el ciudadano HERMANN ESCARRÁ, titular de la cédula de identidad Nº 3.820.195 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 14.896, mediante el cual solicitó ante esta Sala la nulidad, por razones de inconstitucionalidad, de los artículos 4, 5, 6, 23, 43, 44, 45, 46 y 60 del Decreto N° 6.239 con Rango, Valor y Fuerza de LEY ORGÁNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinario Nº 5.891 del 31 de julio de 2008. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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