Sentencia N° 702 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de octubre de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 0702, Exp. 22-0679, 14/10/2022
Expediente22-0679
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-10-14
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de amparo constitucional interpuesta por José Manuel Oviedo Morón y Trixi Karen Palma Gómez contra una decisión del Juzgado Superior Noveno que declaró sin lugar un recurso de apelación en un juicio de desalojo. La Sala, tras revisar el expediente, determinó que la parte actora no presentó el documento fundamental de su demanda, lo que constituye un requisito indispensable para la admisibilidad de la acción de amparo.

Extracto de la motiva

motivado a la pandemia a consecuencia del Covid 19, LOS ARRENDATARIOS se vieron en la necesidad de ampliar el objeto principal del arrendamiento y adicional a los productos de limpieza que se vendían, incluir productos de la cesta básica, tales como: chucherías, refrescos y productos de higiene personal, a fin de cubrir la cuota o canon de arrendamiento, lo cual fue manifestado en comunicación escrita de fecha 5 de septiembre de 2020, presentado por LOS ARRENDATARIOS a LA ARRENDADORA, quien se negó a firmar, razón por la cual se entrego bajo la presencia de testigos”. (Sic). (Mayúscula del escrito). Que “…el inmueble en cuestión no fue adquirido como local comercial, pues sus características encuadran en el tipo de vivienda unifamiliar y el comercio se ejercía en el área del salón de estar”. Que “…la propietaria del inmueble, solicitó la desocupación del mencionado inmueble, sin respetar la prórroga legal por el tiempo de ocupación y procedió a desalojar a los inquilinos de manera abrupta violando todos los derechos que los asisten…”. Que “[s]e viola el derecho a la defensa y al debido proceso, ya que se decretó una medida cautelar que fue el Secuestro, más sin em

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos JOSÉ MANUEL OVIEDO MORÓN y TRIXI KAREN PALMA GÓMEZ, contra la decisión dictada el 18 de julio de 2022, por el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

arrendamientodesalojoderecho a la defensaprórroga legalmedida cautelarpandemiainmuebles

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