Sentencia N° 699 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de mayo de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 699, Exp. 11-0148, 12/05/2011
Expediente11-0148
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-05-12
DecisiónImprocedente in limine litis

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la demanda de amparo interpuesta por José Eli Pineda contra la decisión del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Estado Portuguesa. La demanda se fundamenta en la supuesta violación de derechos constitucionales, alegando errores en la ordenación de una nueva experticia grafotécnica. La Sala concluye que la pretensión de amparo no satisface los requisitos establecidos por la ley, ya que no se evidencian violaciones a derechos fundamentales ni usurpaciones de funciones por parte del juez.

Extracto de la motiva

La Sala ha señalado, en múltiples decisiones, que este tipo de demandas constituyen un instituto procesal de impugnación con peculiares características que la diferencian de las demás pretensiones de tutela constitucional, así como de las otras vías existentes para el ataque de los actos que emanen de los órganos jurisdiccionales, razón por la cual, a estas demandas, a las cuales se refiere el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se le han establecido especiales presupuestos de procedencia, cuyo incumplimiento acarrea la desestimación de las mismas, incluso in limine litis, en atención a principios de celeridad y economía procesal.

Dispositiva

Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la demanda de amparo que incoó JOSÉ ELI PINEDA contra la decisión que dictó el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa el 22 de julio de 2010.

Palabras clave

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