Sentencia N° 699 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de abril de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 699, Exp. 03-1587, 28/04/2004
Expediente03-1587
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2004-04-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara con lugar la acción de amparo interpuesta por la defensora pública a favor de Simón Antonio Blanco Pantes, quien había estado detenido por más de setenta y cuatro días sin acusación. La Sala consideró que la decisión del Juzgado Vigésimo Octavo de Control violó el derecho al debido proceso y al juzgamiento en libertad, ya que no se había presentado acusación en su contra y las medidas cautelares impuestas eran de imposible cumplimiento. La Sala ordenó la inmediata libertad del ciudadano.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el Juez de Control debió, ante el tiempo transcurrido sin que la representación del Ministerio Público presentara acusación contra el imputado, decretar la libertad del mismo, pues es de obligatorio cumplimiento para los jueces preservar las garantías constitucionales del detenido, quien además, en el presente caso, se mantiene privado de su libertad, por cuanto, le fueron otorgadas unas medidas cautelares sustitutivas de imposible cumplimiento, lo cual desborda el principio de proporcionalidad que debe regir en la imposición de medidas de coerción personal. En efecto, dispone el artículo 250 parágrafo sexto del Código Orgánico Procesal Penal, lo siguiente: “Artículo 250: (...) Vencido este lapso y su prórroga, si fuere el caso, sin que el Fiscal haya presentado la actuación, el detenido quedará en libertad, mediante decisión del Juez de Control...”. Siendo esto así, a juicio de la Sala, es evidente la violación del derecho al juzgamiento en libertad denunciado y por ello, la acción de amparo interpuesta resulta con lugar, como la declaró el a quo, razón por la cual la Sala pasa a confirmar la sentencia consultada, y así se declara.
Dispositiva
CONFIRMA la decisión dictada el 9 de junio de 2003, por la Sala Nº 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la acción de amparo interpuesta por la ciudadana Ingrid Katiuska Lorenzo Perozo, Defensora Pública Penal Septuagésima Séptima, adscrita a la Unidad de Defensoría Pública Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora del ciudadano SIMÓN ANTONIO BLANCO PANTES, contra la decisión del 9 de mayo de 2003 que dictó el Juzgado Vigésimo Octavo de Control del señalado Circuito Judicial Penal. En consecuencia, se ordena al referido Juzgado poner en libertad al ciudadano antes identificado.
Palabras clave
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