Sentencia N° 698 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de octubre de 2018

TSJ/SC, Sent. N° 0698, Exp. 17-0353, 18/10/2018
Expediente17-0353
PonenteCALIXTO ORTEGA RIOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-10-18
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, confirma la sentencia dictada el 10 de febrero de 2017 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por Félix Manuel Tineo. La Sala considera que la apelación presentada por INVERSIONES CARGUA C.A. es sin lugar, ya que no se evidencian violaciones a los derechos y garantías constitucionales del apelante. La decisión del Juzgado Superior se fundamenta en la presunta violación de derechos al debido proceso y a la defensa, así como en la falta de notificación adecuada al demandante. La Sala concluye que el Juzgado actuó conforme a derecho y que la apelación no presenta fundamentos suficientes para revocar la decisión original. Finalmente, se ordena el restablecimiento de la situación jurídica del demandante, permitiéndole recuperar la posesión del inmueble objeto de la controversia, y se confirma la decisión del Juzgado Superior en todos sus términos.

Extracto de la motiva

En el presente caso, de la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que el motivo de la presente acción de Amparo Constitucional, ejercido por el ciudadano FELIX (sic)MANUEL TINEO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 581.036, de este domicilio, debidamente asistido de la Abogada GABRIELA CASTILLO CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 146.415, contra la decisión proferida por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, a cargo del Juez Provisorio Abg. MAZZEI RODRIGUEZ(sic) RAMIREZ, (sic) lo constituye la presunta violación de las disposiciones contenidas en los artículos 26, 27, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, evidenciándose igualmente, que el accionante solicita como reparación de la situación jurídica que señala infringida, que se debe reponer la causa al estado en que se encontraba en fecha 10 de febrero de 2016, y se le restablezca en la posesión del lote de terreno y las bienhechurías en el construidas, ubicadas en la Avenida Bolívar- Oeste cruce con calle Colón del Barrio La Coromoto Municipio Girardot del Estado Aragua. Este tribunal pasa a pronunciarse sobre la intervención del ciudadano FELIX(sic) MANUEL TINEO..., con el fin de salvaguardar su derecho e interés en su condición de poseedor del inmueble objeto de ejecución, y se opuso a la ejecución de la sentencia, alegando que su derecho se ve afectado por la posible ejecución de la sentencia dictada en el juicio principal por el Juzgado segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua... (sic) El caso bajo estudio que se analiza se corresponde con una tercería de dominio, por cuanto lo que pretende la tercerista es un derecho real sobre el inmueble, pero alegando un supuesto fraude procesal... Por ello, en el caso bajo análisis, con el fin de no atentar contra los derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, el Tribunal Cuarto de Primera Instancia debió acordar la notificación de las partes, a través de los mecanismos idóneos establecidos en el ordenamiento jurídico, ya que, en este caso, al haber sido acordada la prórroga, luego de vencido el lapso, las partes dejaron de estar a derecho, motivo por el cual, en dicho procedimiento se debió notificar a las partes involucradas para evitar su indefensión.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano FELIX (sic)MANUEL TINEO, titular de la cédula de identidad Nº V- 581.036, representado y asistido de la Abogada MARIA GABRIELA CASTILLO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 146.415 contra el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. SEGUNDO: SIN LUGAR, la impugnación de la cuantía por exagerada alegada por el tercero interesado representado por INVERSIONES CARGUA C.A. TERCERO: Se ordena poner en posesión del inmueble identificado como “el lote de terreno ubicado en la Avenida bolívar oeste, cruce con calle Colon del Barrio La Coromoto Municipio Girardot, Estado Aragua, al lado de la Sociedad Mercantil El Siglo, objeto de desposesión jurídica, cuyo despojo fue la consecuencia inmediata del agravio constitucional, tal y como fue verificado por ésta juzgadora, en perjuicio de los derechos y garantías constitucionales del ciudadano FELIX (sic)MANUEL TINEO titular de la cedula de identidad Nro. V -581.036.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos humanosdebido procesotutela judicial efectiva

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