Sentencia N° 697 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 697, Exp. 16-0256, 11/08/2016
Expediente16-0256
PonenteCALIXTO ORTEGA RÍOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-08-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por el Ministerio Público contra una sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. La acción fue presentada por los abogados Luis Erison Marcano López y Angélica Marianna Martínez de Paz, quienes alegaron violaciones al orden público. La Sala consideró pertinente solicitar a la Corte Primera la remisión de las actuaciones del expediente correspondiente para evaluar la solicitud de amparo y la medida cautelar requerida.

Extracto de la motiva

Ahora bien, en aras de pronunciarse sobre la solicitud de amparo constitucional, conjuntamente con medida cautelar presentada ante esta Sala por los apoderados judiciales del MINISTERIO PÚBLICO, antes identificados, siendo que en su escrito alegan violaciones que infringen el orden público, considera esta Sala Constitucional pertinente solicitar a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, remita copia certificada las actuaciones contentivas en el expediente signado con las letras y números AP42-R-2012-000207, incluyendo las notificaciones ordenadas en el fallo N° 2014-0641, proferido el 24 de abril de 2014, así como la actuación donde conste la notificación de la Procuraduría General de la República, el cual deberá ser enviado dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Dispositiva

Publíquese y regístrese. Se ordena la notificación vía telefónica y/o fax, de conformidad con lo establecido en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionaljubilaciónpensiónMinisterio PúblicoCorte Contencioso Administrativo

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