Sentencia N° 697 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de mayo de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 697, Exp. 12-0215, 24/05/2012
Expediente12-0215
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2012-05-24
DecisiónORDENA
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por el abogado Manuel Domínguez, defensor de DAYANA ENMANUEL DOMÍNGUEZ BASTARDO, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la acción de amparo. La Sala consideró necesario conocer la situación del Juez del Tribunal Vigésimo Segundo de Primera Instancia, quien había renunciado, y ordenó a la Presidenta del Circuito Judicial Penal que informara sobre la incorporación de un nuevo Juez y la respuesta a la solicitud de decaimiento de la medida privativa de libertad.
Extracto de la motiva
Esta Sala Constitucional, a fin de pronunciarse sobre el recurso de apelación ejercido y a los fines de formarse un mejor criterio en el presente caso, considera necesario conocer si el Tribunal Vigésimo Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, tiene asignado un Juez para el conocimiento y tramitación de las causas penales que cursan ante el referido órgano jurisdiccional. Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta Sala para mejor proveer ORDENA a la Presidenta del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que informe si se incorporó al referido órgano jurisdiccional un nuevo Juez o contínua despachando la Jueza Titular; asimismo, se solicita que se informe si el referido Tribunal Vigésimo Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, dio respuesta a la solicitud de decaimiento de la medida privativa de libertad solicitada por el defensor privado de la accionante en la causa identificada con el número 517-2009 llevada por dicho Tribunal. La información requerida deberá ser remitida a esta Sala dentro de los dos (2) días contados a partir de la notificación del presente auto. Se advierte expresamente a la Presidenta del referido Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que el incumplimiento de lo solicitado conllevará la aplicación de la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Dispositiva
ORDENA a la Presidenta del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que informe si se incorporó al referido órgano jurisdiccional un nuevo Juez o contínua despachando la Jueza Titular; asimismo, se solicita que se informe si el referido Tribunal Vigésimo Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, dio respuesta a la solicitud de decaimiento de la medida privativa de libertad solicitada por el defensor privado de la accionante en la causa identificada con el número 517-2009 llevada por dicho Tribunal. La información requerida deberá ser remitida a esta Sala dentro de los dos (2) días contados a partir de la notificación del presente auto.