Sentencia N° 694 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de octubre de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0694, Exp. 17-0113, 18/10/2018
Expediente17-0113
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2018-10-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la pérdida del interés procesal y el abandono del trámite en la demanda de nulidad interpuesta por Carlos Brender y Carmine Romaniello contra los artículos 28 y 29 de la Ley de Aeronáutica Civil. La decisión se fundamenta en la inactividad procesal de los demandantes durante un año, cuatro meses y once días, lo que llevó a la conclusión de que no existía interés en continuar con el proceso. La Sala enfatiza que el interés procesal debe mantenerse a lo largo del juicio y que la falta de actividad puede resultar en la extinción de la acción.
Extracto de la motiva
Constata esta Sala que desde el 26 de enero de 2017 (fecha en que los accionantes interpusieron la demanda de nulidad) hasta el 6 de junio de 2018 (oportunidad en que uno de los actores manifestó su interés en la presente causa), transcurrió un (1) año, cuatro (4) meses y once (11) días en ausencia de actividad procesal en el presente procedimiento. Al respecto, esta Sala ha señalado que el interés procesal no sólo debe manifestarse al momento de la interposición del recurso, sino a todo lo largo del devenir del juicio, so pena de la extinción de la acción y, por ende, la terminación anormal del proceso por la pérdida del interés.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara la PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL y el ABANDONO DEL TRÁMITE en la demanda de nulidad, por razones de inconstitucionalidad, contra los artículos 28 y 29 de la Ley de Aeronáutica Civil, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.140 del 17 de marzo de 2009, interpuesta por los abogados CARLOS BRENDER y CARMINE ROMANIELLO, anteriormente identificados.