Sentencia N° 692 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de noviembre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0692, Exp. 23-1129, 07/11/2024
Expediente23-1129
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-07
DecisiónIMPROPONIBLE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improponible el recurso de apelación interpuesto por Jorge Luis Mogollón, actuando como apoderado de Ingrid Soledad Chacón Díaz, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala argumenta que la Ley Orgánica de Amparo no prevé recurso contra decisiones en segundo grado de conocimiento en amparo, agotándose así el doble grado de conocimiento con la decisión impugnada. Se hace un llamado de atención al abogado recurrente por el uso indiscriminado de acciones infundadas, lo que podría desnaturalizar la función del amparo como mecanismo de protección constitucional. La decisión se fundamenta en la inadmisibilidad de la acción de amparo por haber sido ejercida previamente en relación con los mismos hechos ante otro tribunal.

Extracto de la motiva

motiva la presente acción de amparo. SEGUNDO: por otra parte, el accionante alega que si la Jueza A QUO observa que “Ingrid Soledad Chacón Díaz (Jorge Luis Mogollon)” intentó un Amparo Sobrevenido en el Tribunal de Control N° 4, y lo ha ratificado, pero este Tribunal no le ha dado respuesta satisfactoria dentro del plazo razonable, que haga cesar la retención del vehículo cuya entrega fue ordenada, debe por lo menos librar un mandamiento de Amparo Constitucional para restituir la garantía del derecho de propiedad y acatamiento a la autoridad judicial. TERCERO: Alega el recurrente que la decisión dictada en fecha 10-08-2023, contiene muchos desaciertos que violan el estado de derecho y de justicia social que pregona el Articulo 2 de la Constitución, que hace necesaria su nulidad, para que se vuelva a decidir corrigiendo los desafueros a la Ley, la Constitución y la Jurisprudencia de la Sala Constitucional, que hacen procedente el Amparo Constitucional, intentado contra el remiso y contumaz depositario judicial Estacionamiento La Concordia, Juan Rodríguez, para que haga entrega del Vehículo Toyota Camry, sin pago de emolumento alguno, por un Mandato Constitucional, y cese la arbitrariedad, y se restablezca el Estado de Derecho, y la situación jurídica infringida, denunciada y demandada para hacer efectiva la entrega material del vehículo Toyota Camry. Descritos como han sido los cuestionamientos expresados por el recurrente y analizado su contenido, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judici

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley declara: IMPROPONIBLE en derecho recurso de apelación interpuesto por el abogado Jorge Luis Mogollón Mogollón, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Ingrid Soledad Chacón Díaz, contra la decisión dictada en fecha 5 octubre del 2023, por la Corte de Apelaciones remitente, que declaró: i) sin lugar el recurso de apelación ejercido por la ciudadana Ingrid Soledad Chacón Díaz contra la decisión dictada el 10 de agosto de 2023, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que a su vez había declarado inadmisible la acción de amparo interpuesta por la parte aquí apelante contra la Depositaria Judicial Estacionamiento La Concordia S.R.L.

Palabras clave

amparoderechosgarantíasconstitucionalesjusticialegislacióninadmision

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