Sentencia N° 692 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 692, Exp. 16-1171, 14/08/2017
Expediente16-1171
PonenteCALIXTO ORTEGA RIOS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-14
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 14 de agosto de 2017, declaró NO HA LUGAR la solicitud de revisión de la sentencia N° 2016-0611 dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. La solicitud fue presentada por la abogada Zoraida Beatriz Delgado, actuando como Síndico Procurador Municipal del Municipio Girardot del Estado Aragua, quien impugnó la decisión que había declarado la competencia de la Corte para conocer el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrida. La Sala consideró que se respetaron las garantías del debido proceso durante la tramitación del juicio.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional ha reiterado que la revisión constitucional es una potestad extraordinaria que no es amplia ni ilimitada, y que se encuentra restringida a ciertos tipos de sentencias. En este caso, se analizó la aplicación de la indexación de salarios y la protección del derecho a la igualdad y no discriminación de los funcionarios públicos. La Sala concluyó que la negativa a aplicar la indexación no puede ser justificación para no ser aplicada a los funcionarios, ya que esta es consecuencia de la pérdida del valor adquisitivo de la moneda. Se determinó que la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo actuó conforme a derecho al confirmar la decisión de indexar los salarios dejados de percibir desde el ilegal retiro hasta la efectiva reincorporación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión de la sentencia n° 2016-0611 del 29 de septiembre de 2016, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en el expediente N° AP42-R-2013-000062, ejercida por la abogada Zoraida Beatriz Delgado, actuando como Síndico Procurador Municipal del Municipio Girardot del Estado Aragua.