Sentencia N° 685 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de noviembre de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0685, Exp. 19-0595, 26/11/2021
Expediente19-0595
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2021-11-26
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 26 de noviembre de 2021, declaró inadmisible la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Luis Betancourt Zurita en representación de Roberto Carlos Zarate Rodríguez. La solicitud se basaba en la alegación de violación del derecho a la defensa y al debido proceso en una sentencia anterior dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo el 29 de enero de 2019. La Sala argumentó que el solicitante no cumplió con la carga procesal de presentar copia certificada de la sentencia cuya revisión se solicitaba, lo que llevó a la inadmisibilidad de la solicitud conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. La decisión reafirma la importancia de cumplir con los requisitos procesales para la admisión de recursos ante el Tribunal. Finalmente, la Sala se declaró competente para conocer la solicitud, pero al no cumplir con los requisitos formales, se procedió a declarar la inadmisibilidad de la misma.

Extracto de la motiva

motivada el contenido del fallo apelado con el objeto de constatar si el mismo: a) no viola normas de orden público y b) no vulnera o contradice interpretaciones vinculantes de la Sala Constitucional de ese Máximo Tribunal, sobre el sentido y aplicación que debe dársele a determinadas normas del ordenamiento jurídico para garantizar su armonía con las disposiciones del Texto Fundamental. Así, en atención al criterio referido, observa es[a] [a]lzada que no se desprende del texto del fallo apelado que el Juzgado [a] quo haya dejado de apreciar la existencia de alguna norma de orden público y, por otra parte, tampoco se observa que sobre la resolución del asunto exista algún fallo vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que deba aplicarse. Siendo ello así, y habiendo operado para el caso [s]ub-examine la consecuencia jurídica prevista en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, resulta forzoso para es[a] Corte declarar DESISTIDO el recurso de apelación ejercido y en consecuencia, se declara FIRME el fallo dictado el 13 de agosto de 2018, por el Juzgado Superior Estadal Tercero Contencios

Dispositiva

PRIMERO: COMPETENTE para conocer la solicitud de revisión interpuesta. SEGUNDO: INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Luis Betancourt Zurita, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ROBERTO CARLOS ZARATE RODRÍGUEZ, ya identificados, de la sentencia dictada el 29 de enero de 2019 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.

Palabras clave

revisión constitucionalderecho a la defensadebido procesoapelaciónsentencia firmejurisdicción contenciosa

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca