Sentencia N° 685 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de mayo de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 685, Exp. 11-0063, 12/05/2011
Expediente11-0063
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2011-05-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la demanda de nulidad por inconstitucionalidad presentada por Richard Miguel Mardo Mardo contra la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley. La Sala se declaró competente para conocer del caso y determinó que no se configuraban causales de inadmisibilidad. La medida cautelar solicitada fue considerada improcedente, y se ordenó notificar a las partes involucradas.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional ha establecido que corresponde exclusivamente a esta Sala declarar la nulidad de las leyes y demás actos de los órganos que ejercen el Poder Público dictados en ejecución directa e inmediata de esta Constitución o que tengan rango de ley, cuando colidan con aquella. En este sentido, se ha fundamentado la competencia de la Sala para conocer de la demanda de nulidad por razones de inconstitucionalidad ejercida conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las Materias que se delegan, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n° 39.576 del 17 de diciembre de 2010. La Sala ha considerado que la normativa impugnada quebranta la garantía constitucional de la separación de poderes y el deber de la Asamblea Nacional de legislar, lo que justifica la admisión de la demanda de nulidad.
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer la demanda de nulidad por inconstitucionalidad ejercida conjuntamente con medida cautelar innominada por el ciudadano RICHARD MIGUEL MARDO MARDO, titular de la cédula de identidad n° 9.649.681, asistido por el abogado Gabriel Chacón Villalobos, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n° 85.644; contra la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las Materias que se delega, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela n° 6.009 del 17 de diciembre de 2010. 2.- ADMITE la demanda de inconstitucionalidad ejercida. 3.- IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada. 4.- ORDENA notificar a la parte recurrente de la presente decisión. 5.- ORDENA citar, mediante oficio, al Presidente de la Asamblea Nacional, a la Fiscal General de la República y a la Procuradora General de la República, respectivamente, para que comparezcan a darse por citados ante este Tribunal Supremo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados a partir de la publicación del cartel o de la notificación del último de los interesados. 6.- ACUMULA la demanda de nulidad contenido en el presente expediente Nº 11-0063 al expediente signado con el Nº 2011-0143, por lo que se suspende la tramitación del expediente Nº 2011-0143, hasta tanto la presente causa se encuentre en el mismo estado, conforme al artículo 79 eiusdem. 7.- ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de continuar con la tramitación de la presente demanda.
Palabras clave
nulidadinconstitucionalidadLey Habilitanteseparación de poderes