Sentencia N° 684 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de noviembre de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0684, Exp. 19-0580, 26/11/2021
Expediente19-0580
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-11-26
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 26 de noviembre de 2021, declaró sin lugar la apelación interpuesta por Freddy Echeverría en representación de Joeinson Jefferson Cadiz Prieto, contra la decisión de la Sala N° 6 de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala consideró que el accionante no agotó las vías ordinarias antes de recurrir al amparo, lo que llevó a la inadmisibilidad de su solicitud. Se reafirmó que el recurso de apelación era el medio idóneo para cuestionar la decisión del tribunal inferior.
Extracto de la motiva
motivando este hecho el caso que había habitaciones desocupadas en la pensión. Luego del ingreso de las predichas personas, entró [su] defendido posterior a la llegada previa de la Guardia Nacional Bolivariana y de la Policial (sic) Nacional Bolivariana, quienes se reunieron con los encargados de la pensión para resolver la situación, llegando a la conclusión de ocupar las habitaciones desocupadas y de esa forma se le asigna una habitación a [su] defendido (…). Como se puede observar [su] patrocinado no invadió habitación alguna sino que por el contrario también se le entregaron las llaves y se le propuso que pagara la habitación mensualmente, acuerdo al que llegó definitivamente, retirándose de la casa, el resto de las personas que habían ingresado. Quisiera significar también que en el [e]xpediente [j]udicial no aparece ningún arma decomisada, IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 1 de 7 ni hay cadena de custodia y mucho menos experticia alguna realizada al armamento, ya que es completamente falsa la declaración hecha de esa manera por el hoy difunto señor EDGAR DUARTE (…)” (Mayúsculas y negritas de la cita. Corchetes de la Sala).
Dispositiva
Se declara sin lugar la apelación ejercida en fecha 7 de octubre de 2019, por el abogado Freddy Echeverría, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano JOEINSON JEFERSON CADIZ PRIETO, previamente identificados, contra la decisión dictada el 2 de octubre de 2019, por la Sala N° 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se CONFIRMA, en los términos expuestos dicho fallo, y por lo tanto, la declaratoria de inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional ejercida.