Sentencia N° 683 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de junio de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 683, Exp. 12-0781, 12/06/2014
Expediente12-0781
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-06-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 12 de junio de 2014, declaró sin lugar la solicitud de revisión presentada por los abogados de Olivier Helle, quien solicitaba la restitución internacional de sus hijos, argumentando que la madre, María Gabriela Pérez Romero, los había sustraído ilegalmente a Venezuela. La Sala fundamentó su decisión en el interés superior de los niños, considerando que su separación de la madre podría generarles un daño psíquico, y que la madre había sido la figura materna principal en su vida. Además, se destacó que el padre había incumplido decisiones judiciales previas al trasladar a los niños sin autorización.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al analizar la solicitud de revisión, enfatizó que el interés superior de los niños es un principio fundamental en la legislación venezolana. Se argumentó que la restitución de los menores a Francia podría exponerlos a un peligro psíquico, dado su vínculo afectivo con la madre y la conflictividad en la relación parental. La decisión del tribunal inferior fue considerada adecuada al valorar el bienestar de los niños, quienes, a pesar de su corta edad, habían sido escuchados y evaluados por expertos. La Sala concluyó que la decisión de no ordenar la restitución no contravenía normas constitucionales ni tratados internacionales, ya que se actuó en función de proteger los derechos de los menores.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por los abogados Romanos Kabchi Chemor, Asmin Kabchi Curiel y Sandra Sánchez, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano OLlVIER HELLE, de la sentencia dictada por el Tribunal Superior Cuarto del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, el 2 de Junio de 2011, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por esa representación, contra el fallo dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del mismo Circuito Judicial el 25 de marzo de 2011; confirmó la sentencia recurrida y declaró sin lugar la demanda de Restitución Internacional de Custodia incoada contra la ciudadana María Gabriela Pérez Romero, de nacionalidad venezolana, con ocasión de la sustracción y retención ilegal de sus tres hijos de 7, 5 y 3 años de edad, para el momento en que la decisión se produjo.

Palabras clave

restitución internacionalcustodiainterés superior del niñosustracción internacional de menores

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