Sentencia N° 682 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de mayo de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 682, Exp. 11-1474, 23/05/2012
Expediente11-1474
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-05-23
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Massimo Prattico Furlán contra la decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Nueva Esparta, que declaró inadmisible la apelación interpuesta por el demandado. La Sala argumenta que la acción de amparo fue presentada fuera del lapso establecido, lo que implica un consentimiento expreso de la parte accionante respecto a la violación denunciada. Además, se destaca que la actuación del Juzgado Superior no se ajustó a derecho al no considerar la reforma de la demanda que aumentó la cuantía del juicio, lo que debió permitir la admisión de la apelación en ambos efectos.

Extracto de la motiva

La Sala estima que el acto decisorio objeto de la demanda no se ajustó a derecho, pues debió concordar la procedencia de la apelación en ambos efectos a la nueva cuantía que había sido establecida por la parte actora en ese juicio en la reforma de la demanda. Es, entonces, conforme a la interpretación constitucionalizante que la Sala acogió en la decisión que fue mencionada, que la Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia, en correspondencia con la atribución recogida en el artículo 267 de la Carta Fundamental y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Ley Orgánica del Consejo de la Judicatura, dictó su Resolución nº 2009-0006, como mecanismo de política judicial que asegurase una mayor eficacia en el servicio público de Administración de Justicia, adaptando las competencias por la cuantía de los órganos jurisdiccionales que –a nivel nacional- tienen conocimiento de las materias civil, mercantil y del tránsito, bajo criterios que se adecuasen a la realidad económica y administrativa de tiempos más recientes.

Dispositiva

Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley: 1. INADMISIBLE la acción de amparo constitucional que fue ejercida por el ciudadano MASSIMO PRATTICO FURLAN contra la decisión que emitió el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, el 30 de septiembre de 2010. 2. REVISA DE OFICIO y ANULA la sentencia que expidió el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, el 30 de septiembre de 2010. 3. REPONE la causa al estado de que otro Juzgado Superior competente resuelva la apelación interpuesta con apego al criterio que se acogió en este fallo.

Palabras clave

amparoderechosconstitucionalesprocedimientoinadmisionorden_publico

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