Sentencia N° 679 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 679, Exp. 17-0286, 14/08/2017
Expediente17-0286
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-08-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por Evelia Josefina Cartalla Méndez, quien alegó violaciones a sus derechos constitucionales en un juicio de partición. La Sala admitió la acción y ordenó la suspensión de los efectos de la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Miranda, que había declarado sin lugar un recurso de apelación en el que la demandante actuaba como tercero interviniente. La decisión se fundamentó en la falta de consideración de la tercería presentada por la accionante, lo que vulneró su derecho al debido proceso.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la acción de amparo, destacó que la decisión del Juzgado Superior no tomó en cuenta la intervención de la accionante como tercero interviniente, lo que afectó su derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva. Se argumentó que la homologación del acuerdo de partición se realizó sin considerar los derechos de la demandante, quien había poseído el bien por más de 60 años. La Sala concluyó que la falta de admisión oportuna de la tercería y la posterior homologación del acuerdo resultaron en una violación de los derechos constitucionales de la accionante, lo que justificó la admisión del amparo y la suspensión de los efectos de la sentencia impugnada.
Dispositiva
Se declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por Evelia Josefina Cartalla Méndez, se ordena la suspensión de los efectos de la sentencia del 27 de enero de 2017, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, y se remite el expediente al tribunal de origen para que se pronuncie sobre la tercería interpuesta.