Sentencia N° 674 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de abril de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 674, Exp. 07-0372, 24/04/2008
Expediente07-0372
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-04-24
DecisiónTerminada
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de amparo constitucional interpuesto por los abogados Judith Liendo y Roger Natera en representación de Alfredo Javier Díaz Figueroa. La decisión se basa en la falta de comparecencia de la parte actora a la audiencia constitucional, lo que conlleva a la terminación del procedimiento según lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Además, se impone una multa a la parte actora por su inasistencia.
Extracto de la motiva
En virtud del anterior fundamento, solicitaron que se restablezca inmediatamente la situación jurídica infringida y que “una vez declarado con lugar la acción de amparo, sea remitida copia certificada de su decisión a las autoridades competentes, a fin de dictarse las Medidas Disciplinarias correspondientes contra todas las Juezas que actuaron en la presente causa penal”.
Dispositiva
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la acción de amparo constitucional intentada por los abogados Judith Liendo y Roger Natera, en su carácter de defensores privados del ciudadano Alfredo Javier Díaz Figueroa, contra la decisión dictada, el 15 de diciembre de 2006, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se impone a la parte actora una multa por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00) o CINCO BOLÍVARES FUERTES (BsF. 5), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas del Banco Central de Venezuela, la cual podrá ser cancelada en cualquier entidad bancaria receptora de fondos públicos nacionales. TERCERO: SIN LUGAR la solicitud de revocatoria de la decisión que da por terminado el presente procedimiento de amparo, intentada por la parte actora.
Palabras clave
amparo constitucionaldebido procesofalta de comparecenciamultaCorte de Apelacionesderechos humanosjusticiaproceso penal