Sentencia N° 67 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de febrero de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 67, Exp. 02-2889, 05/02/2004
Expediente02-2889
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-02-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la desaplicación de los artículos 16 y 17 de la Ley de Fideicomisos, en el contexto de una acción de amparo constitucional interpuesta por Elio Marcaccio Bagaglia, presidente de EDIFICACIONES E INVERSIONES MARCACCIO C.A. contra el Gobernador del Estado Trujillo. La decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia fue confirmada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, pero la Sala Constitucional determinó que no tenía materia sobre la cual decidir respecto a la consulta formulada.

Extracto de la motiva

La Sala considera que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR respecto a la consulta formulada, y así se declara.

Dispositiva

Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionaldesaplicaciónLey de Fideicomisosdecisión judicialCorte Contencioso AdministrativoEstado Trujilloacción de amparo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca