Sentencia N° 667 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de noviembre de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0667, Exp. 19-0708, 26/11/2021
Expediente19-0708
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2021-11-26
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Rafael Moreno Franco en representación de varios ciudadanos. La decisión se basa en la falta de acreditación de la condición de profesional del derecho del solicitante y en la omisión de la violación de normas de orden público que justifiquen la admisibilidad del recurso. Además, se anula la sentencia de la Sala de Casación Social del 30 de mayo de 2019, ordenando la remisión del expediente al tribunal de la causa para ejecutar la decisión dictada el 21 de junio de 2018.

Extracto de la motiva

motivación de su sentencia alegar para fundamentar su decisión que: La Sala Constitucional en Sentencia (sic) No.1264, de fecha 01 de octubre de 2013, caso Henry Pereira Gorrin, declaro (sic)la nulidad del artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por ser contrario a la disposición del artículo 335 de la Constitución de la Republica (sic), razón por la cual, la infracción de dicho artículo no puede ser considerada como violación de norma de orden público como fundamentación del recurso de control de legalidad”. (Negrilla y subrayado del escrito). Que, “(…) incurre en un error factico (sic) al considerar únicamente como fundamento del recurso interpuesto por mis representados la norma adjetiva laboral del artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, cuando en realidad el alegato fundamental de la acción intentada por mis mandantes, (…) en el recurso de control de legalidad, es sustentada y soportada en el artículo 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual se fundamenta en un orden práctico y de paz social, en este sentido, los co-demandantes recurrentes, tiene el derecho a una vida digna, siempre y cuando la relación de trabajo se

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional, solicitada por el abogado Rafael Moreno Franco. Se REVISA DE OFICIO la sentencia dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia el 30 de mayo de 2019 en el expediente signado con el número AA60-S-2018-000534, el cual se declara NULA.

Palabras clave

control de legalidadinadmisionderecho al debido procesojurisprudenciaconstitucionalidadnormas de orden público

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