Sentencia N° 666 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de mayo de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 666, Exp. 13-0050, 30/05/2013
Expediente13-0050
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-30
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Carmen Cecilia Maldonado Valduz, a través de su abogado Jorge Luis Morin Pereira, contra la sentencia del 09 de julio de 2012, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La acción fue considerada inadmisible debido a que fue presentada más de seis meses después de la decisión impugnada, lo que conlleva a la caducidad de la pretensión según lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala observa que se ejerció la presente acción de amparo el 18 de enero de 2013, es decir, después del transcurso de más de seis (06) meses desde cuando fue dictado el fallo impugnado, lo que la hace inadmisible porque transcurrió el lapso que prevé el artículo 6, numeral 4, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, es decir, por la caducidad de la pretensión.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Jorge Luis Morin Pereira, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN CECILIA MALDONADO VALDUZ, contra la sentencia dictada, el 09 de julio de 2012, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Palabras clave
cualidadlegitimatio ad causamaccidentes de tránsitopropiedadLey de Transporte Terrestrepruebainterés jurídico