Sentencia N° 666 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de marzo de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 666, Exp. 05-1293, 30/03/2006
Expediente05-1293
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-03-30
DecisiónHomologa el desistimiento
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admite el desistimiento de la acción de amparo constitucional presentada por Carlos Luis Guerra Camejo, a través de sus apoderados judiciales. La decisión se basa en la falta de afectación al orden público y las buenas costumbres, así como en la existencia de un poder notariado que autoriza a los abogados a desistir de la acción. La Sala resalta la importancia de la notoriedad judicial y la necesidad de que el desistimiento sea una manifestación auténtica de la voluntad del titular de la acción.
Extracto de la motiva
En tal sentido, con base a lo expuesto se observa por notoriedad judicial que cursa en el expediente contentivo del recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra el artículo 163 del Código Orgánico de Justicia Militar, interpuesto por los abogados Alberto Cedeño Rugal y Maximiliano Fuenmayor Sánchez, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano Carlos Luis Guerra Camejo, signado según la nomenclatura de esta Sala N° AA50-T-2004-003289, el instrumento poder original marcado “1” el cual fue notariado ante la Notaría Pública del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, por medio del cual el ciudadano Carlos Luis Guerra Camejo, otorga al abogado Maximiliano Fuenmayor Sánchez, ambos identificados en autos, poder amplio y suficiente para actuar en cualquier clase de proceso judicial, quedando facultado de manera expresa para desistir de toda clase de acciones judiciales, en consecuencia, esta Sala homologa el desistimiento propuesto, aunado a que en el presente caso no se ve afectado el orden público ni las buenas costumbres, y así se decide.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO formulado por el abogado Maximiliano Fuenmayor Sánchez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 15.114, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS LUIS GUERRA CAMEJO, titular de la cédula de identidad N° 5.568.055, de la acción de amparo constitucional ejercida contra el fallo del 16 de mayo de 2005, dictado por la Corte Marcial del Circuito Judicial Penal Militar.
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